Teléfono: 968366057
Funciones
- A la División de Intervención y Fiscalización le corresponde:
- Estudiar y proponer la resolución de las discrepancias que se susciten como consecuencia de la función fiscalizadora.
- Verificar la actuación de las Intervenciones Delegadas en el ejercicio de las funciones fiscalizadoras e interventoras.
- Proponer la resolución de consultas e informes en materias de su competencia y las de carácter jurídico que se puedan formular por los Jefes de Servicio o Interventores Delegados actuantes en un control financiero.
- Elaborar y proponer la aprobación de las normas e instrucciones precisas para el mejor ejercicio de la función interventora.
- Proponer criterios uniformes de actuación en la materia.
- Analizar las actuaciones que puedan dar origen a expedientes de responsabilidad contable o de otro tipo consecuencia del ejercicio de la función interventora o de control financiero, de acuerdo con la normativa vigente.
- Formular las propuestas de fiscalización previa de los actos de contenido económico de la Administración Regional y de sus Organismos Autónomos, cuando la aprobación de los mismos corresponda al Consejo de Gobierno o cuando sea preceptivo el dictamen del Consejo Jurídico de la Región de Murcia, así como aquellos que supongan una modificación de otros que hubiera fiscalizado el Interventor General.
- Tomar conocimiento de los recursos y reclamaciones que interpongan los Interventores Delegados ante los órganos correspondientes, así como preparar y tramitar aquellos que el Interventor General hubiera de presentar.
- Proponer las designaciones que procedan relativas a la intervención de las inversiones.
- Cualesquiera otras que le sean encomendadas en el ámbito de sus competencias.
- Para el cumplimiento de sus funciones la División de Intervención y Fiscalización contará con el número de Interventores y/o Asesores que se determinen en la Relación de Puestos de Trabajo.